Videos

Campaña Regional por la Libertad Sindical y la Negociaciòn Colectiva

Acceso

Procedimiento de libertad sindical Imprimir


Es un procedimiento que puede ser iniciado por una organización de trabajadores, empleadores o gobierno contra un Estado miembro únicamente por el incumplimiento de los principios relativos a la libertad sindical, incluso si el Estado acusado no ha ratificado los convenios sobre esta materia. Se dirige a la Oficina Internacional del Trabajo que lo deriva al Gobierno para que formule sus descargos, luego de lo cual el caso es remitido al Comité de Libertad Sindical para que lo analice y expida sus conclusiones o pide información al Gobierno. Aunque se retire la queja el CLS puede seguir viendo la queja. Entre sus conclusiones puede recomendar al Consejo de Administración comunique al Gobierno invitándole a subsanar incumplimientos o puede recomendar que se pase el tema a la Comisión de Investigación y Conciliación en materia de libertad sindical.



Procedimiento de la libertad sindical

pdf Guía básica para la elaboración de quejas por violación a la libertad sindical

 

El Comité de Libertad Sindical

Es un órgano tripartito del Consejo de Administración formado por nueve miembros titulares y nueve suplentes y por un presidente independiente. Se reúne 3 veces al año con el objeto de examinar en forma privada las quejas por violación de la libertad sindical contra cualquier miembro (aún si no ha ratificado los convenios sobre libertad sindical) y somete sus conclusiones y recomendaciones al Consejo de Administración. Los informes del Comité contienen un análisis detallado de la legislación y la práctica nacional sobre el derecho de libertad sindical y su criterios han forjado a lo largo de los años un amplio catalogo de jurisprudencia que contribuyen a precisar el sentido y alcance de los convenios de libertad sindical y cuyo conocimiento por parte de los trabajadores y trabajadores es indispensable.



Último informe del Comité de Libertad Sindical

pdf355° Informe del Comité de Libertad Sindical (noviembre 2009)






La Comisión de Investigación y Conciliación en materia de Libertad Sindical

Es una comisión integrada por nueve personas independientes nombradas por el Consejo de Administración, cuya función es examinar las quejas relativas a violaciones de la libertad sindical que le remite el Consejo de Administración o la Conferencia. También puede examinar y procurar la solución del incumplimiento por vía del acuerdo, pero siempre que cuente con el acuerdo de los Gobiernos. Su procedimiento de actuación es muy parecido al de una Comisión de Encuesta.

 
 
Gabinete Jurídico
Actividad de fromación a distancia

Foro

Alerta Informatica

Por favor regístrese en el portal antes de registrarse en una lista.
No account yet? Register
<<  Jul 2010  >>
 Lu  Ma  Mi  Ju  Vi  Sá  Do 
     1  2  3  4
  5  6  7  8  91011
12131415161718
19202122232425
262728293031